Harto sabido es que los brotes «verdes» de corrupción en las aduanas de los países Hispanoamericanos, son una constante. Pero si a eso le sumamos la inoperancia cognitiva de los «técnicos» que deben controlar el ingreso de mercancía al territorio nacional, la cosa se pone más turbia.
![](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/1517814260113.jpg)
Por Fabricio Abasto*
Nobleza obliga, y empecemos por casa, «La mafia de los contenedores«, el contrabando de autos de alta gama, algunos con pedido de incautación, y un largo etcétera. Esto será materia de investigación y si así lo dispusiera la justicia, el castigo a los individuos involucrados, abogados, escribanos, políticos, empresarios, operadores de aduana, gestores, mandatarios, verificadores…; porque no van a creer que son motochorros, los que manejan un «negocio» de U$S 65.000.000.
Dejando ese contexto de lado, y abordando lo que mas me preocupa, porque las cosas suelen suceder por acción, el caso que puntualizamos en el párrafo anterior, u omisión que es lo que plantearemos a continuación:
- Hay personal especializado en aduana para determinar si las cosas fungibles que se trafican sean las que constan en las documentaciones; y otras cosas no fungibles registrables, como es el caso de los automotores, de los cuales se requiere un conocimiento y adiestramiento muy particular, en cuanto a la marca, tipo, modelo, y tipología de la identidad e identificación de estos, y es aquí donde debo hacer un paréntesis.
- En la aduana boliviana, independientemente que, en la delegación de Oruro, vendan las autopartes de los autos Chutos incautados, un dato de «color». El área técnica se ha esforzado por ingresar al país vehículos con tremendas anomalías, que has hoy no la han resuelto, y siguen la cadena de «valores», perdón, digo errores.
- Para citar algunos no más, atento que tendríamos para escribir una serie; los técnicos (Peritos en identificación física, electrónica y revenidos automotriz), entendemos que conforme a la norma internacional ISO 3780, los primeros tres dígitos dl código VIN, describe la región, el país y la marca del vehículo a peritar; el caso es que la libre interpretación de una norma que parecieran desconocer los hace incurrir en estos desatinos impensados.
- Los ómnibus de la marca Scania están compuestos en su estructura de contención mecánica por un par de Bogies, los cuales por estar separados uno de otro, poseen código VIN ambos, el puente A (delantero), que lleva montada el eje delantero, dirección y asiento del conductor, con dicho código estampado en el alma de la viga; y el puente B, que lleva montada la planta motriz, el diferencial, cuanto más uno o dos ejes, que puede ser direccional. Esta parte lleva identidad, pero con una placa remachada con clavos del tipo pop de 10mm, con el mismo VIN. Característica principal que le da entidad jurídica como marca en el RUAT.
![](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/2022-08-20-1024x601.png)
- Para darle capacidad a dicho transporte, le falta la carrocería, que contiene los demás asientos y todo el confort que lleva un ómnibus. La marca Scania NO fabrica carrocerías, por tanto, dota a sus respectivos chasis, con las carrocerías brasileñas, Marcopolo, o BussCar, esta última con asiento Risaralda Caldas Colombia, nació en Brasil, ésta con la depresión económica en la década del 90´, quebró, quedando la sucursal en Colombia que se había sostenido con capitales de empresarios locales, hoy BussCar Brasil se está reinventando.
- Al ingresar al país como importación este tipo de transporte, lo que le da identidad al vehículo, según la propia autoridad aduanera, es la estructura que tiene impreso el código VIN; no la carrocería, que lleva un número de serie, pero este es a modo de control interno del fabricante, lo más lejos de ser tenido en cuenta para ser inscripto en el RUAT.
- RUAT (Registro Único Automotor), conforme al informe emanado de aduana, inscribe la unidad con los datos allí vertidos, y, a que estos organismos, no cuenta con técnicos especializados en la materia; que deberían, inscriben el rodado con ese error, pero esa cuestión sería materia de opinión en otro artículo.
![](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/A4.jpeg)
- Por eso se registran ómnibus de la marca Scania, con la marca BussCAr, de procedencia Colombiana, cuando es Brasilera, y como corolario con los guarismos que hacen a la identidad de la unidad, apócrifos (falsos).
![La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es A2-1.jpeg](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/A2-1.jpeg)
![](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/scania-1024x576.jpg)
![](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/scania1-1024x576.jpg)
- Otra de las particularidades de la marca Scania, es que en el cuarto digito identifica el tipo de cabina, en el caso de K, es carrocería para ómnibus, en el caso R, como los ejemplos de las imágenes supra, cabina normal Highline, para camiones. Estos, los camiones son impresos los códigos VIN en doble plano, quiere decir que los primeros nueve dígitos de los diecisietes que contiene el VIN, van arriba y los ocho siguientes, abajo; mientras que los omnibus llevan los diecisiete dígitos todos en un solo plano.
![](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/A3-1024x383.jpeg)
![](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/A1.jpeg)
- Tienen tantas desprolijidades, e internas entre «divisiones», que no se ponen de acuerdo entre los mismos «técnicos», señal que el comando, tiene «co», pero no mando, como para alinear los patitos. La titular de la delegación de aduana en Santa Cruz de la Sierras, solicita una pericia en una maquinaria, uno de los «peritos», manifiesta que en el número de chasis «PIN», (Número de Identificación del Producto), plasmada en la placa, se descarta vestigios de adulteración , y el que se encuentra estampado, vaya a saber Dios, que pensó que era, acá iría el emoji donde me pego con la palma de la mano en la frente de mi cabeza, encima el otro, dice que es de fabricación artesanal, y acá no sabes si tirarte al lago Titicaca y nadar hasta el Perú.
![](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/WhatsApp-Image-2022-08-20-at-11.05.32-AM-2.jpeg)
![](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/WhatsApp-Image-2022-08-20-at-11.05.32-AM.jpeg)
![](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/WhatsApp-Image-2022-08-20-at-11.05.32-AM-1.jpeg)
AHORA ANALIZAREMOS LA CIRCULAR N° 040/2022 SOBRE LA VERIFICACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES PARA DESPACHO ADUANERO. BOLIVIA
- Emitiré opinión sobre ciertos párrafos de la circular, de los cuales algunos me parece un despropósito:
En este sentido, el Técnico de Aduana, adicionalmente a lo establecido en los Procedimientos vigentes, deberá realizar las siguientes actividades:
- Para vehículos nuevos («0» Km.):
a. Decodificar que el Número de Identificación de Automóviles (VIN), a fin de establecer que el mismo corresponda al vehículo declarado, considerando
- para esta revisión lo establecido en el Instructivo AN-PFEDC-lNST-2021/0030 de 28/12/2021 referente IDENTIFICACIÓN «AÑO MODELO» EN EL VIN.
- b. De existir observaciones y la duda sobre la determinación del año modelo de los vehículos, deberá exigir al importador las respectivas fichas técnicas que determinen las características físicas y técnicas que permitan determinar con
precisión de que el vehículo sujeto a importación corresponde al año modelo, declarado.
Solo limita al «Técnico», a constatar que el código VIN coincida, y el dígito en la posición diez (año de fabricación), se corresponda con la documental.
Para vehículos usados o antiguos:
- a. Decodificar que el Número de Identificación de Automóviles (VIN), a fin de establecer que el mismo corresponda al vehículo declarado, considerando para esta revisión lo establecido’ en el Instructivo AN-PREDC-.INST-2021/0030 de 28/12/2021 referente lDENTlFICAClÓN «AÑO MODELO» EN EL VIN.
- b. En caso de que el vehículo cuente con número de chasis y éste sea hasta el año modelo 2017, se deberá verificar el mismo en la «Tabla de Números de Chasis», mismo que se encuentra en el intranet, en el enlace: https://intrar?et.aduana. gob. bo/ian/documentos4e-trabajo-gnn.
- c. En caso de persistir la duda sobre la antigüedad y el año modelo del vehículo declarado, se debe realizar la búsqueda de, la marca, tipo, subtipo y año modelo en internet, para su posterior comparación de las, características físicas externas e internas con los vehículos en tránsito aduanero.
Por qué se hace tanto hincapié en el digito del año de fabricación, porque los «chuteros», adulteran esa posición porque los vehículos destinados al transporte de carga y de pasajeros, NO deben tener más de cinco años de antigüedad según la normativa de tránsito vigente.
Internet tiene tanta información como desinformación, porque no nos disponemos a buscar el año de fabricación en el mazo de cables, de la red Can Bus, de la cual además podemos extraer el código VIN de sus módulos(Identificación Electrónica Automotriz), módulos de los cuales también consta la fecha de fabricación, de la codificación de los cristales, de las ópticas, faros, airbags, block de cilindros, caja de velocidades, del navegador, y un largo etc…
- d; Si después de haber desarrollado las actividades del punto anterior la observación persiste, debe realizar la verificación física a detalle del vehículo, buscando distintos elementos que permitan determinar el año modelo o periodo de fabricación. Esta tarea se podrá realizar desarmando algunas partes del vehículo (paneles, tapas, plásticos, etc.) o asumiendo medidas para revisar la parte inferior del vehículo. El Concesionario de Depósito de Aduana o de Zona Franca; según corresponda a la aduana de destino, deberá proporcionar toda la colaboración logística, técnica y de personal que la Administración -de Aduana requiera.
- e. En caso de tener dudas relacionadas al remarcado, amolado y/o reimpresión del húmero de VIN o Chasis, deberá realizar la solicitud de «Revenido Químico Metalúrgico» a la Dirección Nacional de Prevención e Investigación de Robo de Vehículos (DIPROVE), solicitando exclusivamente se le emita la certificación de que el número de VIN o Chasis es original, además de solicitar se pronuncien sobre si la estructura no presenta indicios de adulteraciones, remarcaciones, amoladuras y reimpresiones totales del VIN o Chasis, quedando, pendiente la’ conclusión del trámite mientras dure la recepción del informe correspondiente por parte de DIPROVE.
Con el punto «d», no desarmen nada, ya está harto aclarado de donde pueden sacar la fecha de fabricación, a lo sumo sacar el cubre cárter para ver la transmisión.
En el punto «e», me voy a detener unos minutos mas a reflexionar, como un jurista puede redactar semejante galimatías.
- Remarcado (volver a marcar) «RAE» .
- Amolado / amolar (dañar, sacar, cortar) «RAE».
- Reimpresión / reimprimir (repetir la impresión) «RAE».
Si tenemos en cuenta los tres verbos que se utiliza en la redacción, perfectamente encuadran en la acción antijuridica tipificada en el art. 193 del Código Penal Boliviano (FALSIFICACIÓN Y APLICACIÓN INDEBIDA DE MARCAS Y CONTRASEÑAS). El que falsificare marcas, contraseñas o firmas oficialmente usadas para contrastar pesas o medidas, identificar cualquier objeto o certificar su calidad, cantidad o contenido, y el que las aplicare a objetos distintos de aquellos a que debían ser aplicados, será sancionado con reclusión de seis (6) meses a tres (3) años.
Sí, la solicitud de colaboración de DIPROVE la determina la Fiscalía, está perfecto, pero se encuentra en una circular de aduana, y eso me hace ruido, visto que tanto DIPROVE como aduana no dependen del mismo ministerio, una del ministerio de Gobierno, y la otra del Ministerio de Transparencia y Anti-Corrupción, donde debería hacer un decreto supremo de mutua colaboración, desconozco si es que lo hay.
Sic. «solicitando exclusivamente se le emita la certificación de que el número de VIN o Chasis es original«; teniendo en cuenta que el revenido químico, termoquímico o electroquímico, es una técnica invasiva y destructiva, NO se utiliza para determinar originalidad de los guarismos que hacen a la identidad e identificación de los automotores; primero hay otras técnicas que son invasivas pero no destructivas para determinar en principio si la pintura del código VIN fue cambiada (Cromatografía en capa fina), y si la base de estampe tiene o posee defecto de preparación(Tintas Penetrantes). DEJA EN EVIDENCIA QUE LOS TÉCNICOS DE ADUANA NO TIENEN NI EL MENOR GRADO DE FORMACIÓN EN LA MATERIA, SON MEROS MIRA NUMEROS. Sic. «además de solicitar se pronuncien sobre si la estructura no presenta indicios de adulteraciones, remarcaciones, amoladuras y reimpresiones totales del VIN o Chasis«; pareciera que los únicos especialistas son del área técnica de DIPROVE e IITCUP, y hasta ellos no poseen un protocolo de pericias en la identificación y revenidos vehicular.
«La verdadera ignorancia no es la ausencia de conocimiento, sino el hecho de rehusarse a adquirirlos» Karl Popper Filosofo Austriaco
*Secretario de Planificación – Editor Responsable https://comunidadcidepa.com – httpas://cidepaso.com CIDePA MultiMedios
Te puede interesar: https://drive.google.com/file/d/1Vhicxw7SM5FxJMFdLUqbvXgIIKOyChof/view?usp=sharing
![](https://comunidadcidepa.com/wp-content/uploads/2022/08/WhatsApp-Image-2022-08-20-at-3.43.00-PM.jpeg)